La Fundación para el Debido Proceso celebra la continuación
del juicio y exhorta a que no se den más dilaciones y se dicte
sentencia según el derecho interno y el internacional.
Servindi, 3 de mayo, 2013.- El juicio iniciado contra el exdictador
Efraín Ríos Montt y quien fuera su jefe de inteligencia militar, José
Mauricio Rodríguez, por el genocidio de al menos 1.771 indígenas mayas
de la etnia ixil, entre los años 1982 y 1983, además de crímenes de
guerra contra la población civil indefensa, se reanudó el pasado 30 de
abril.
Como se recuerda en marzo de este año se inició la fase oral del
juicio en contra de ambos pero ésta se interrumpió para dar cumplimiento
a un amparo de la Corte de Constitucionalidad que ordenó admitir una
prueba que debió ser admitida en una etapa procesal anterior.
Esta interrupción se dio cuando el tribunal de sentencia a cargo
había recibido cerca de un centenar de testimonios de familiares de
asesinados y sobrevivientes de las masacres.
La interrupción afectaba el derecho de las víctimas a la tutela
judicial efectiva porque ocurría cuando el juicio estaba por concluir y
se sumaba a un contexto de dilaciones indebidas en el trámite del caso.
Dado que existen otros recursos judiciales pendientes de resolver,
que podrían retrasar o paralizar nuevamente el juicio oral, la Fundación
para el Debido Proceso (DPLF, por sus siglas en inglés) hizo un llamado
a la Corte de Constitucionalidad y a la Corte Suprema de Justicia, para
que le den la máxima prioridad al examen y resolución de todos los
recursos pendientes.
DPLF recordó mediante un comunicado que en este juicio debe tenerse
en cuenta que el derecho internacional establece la obligación de los
Estados de investigar y sancionar el genocidio, que es un delito de
extrema gravedad, con devastadoras consecuencias para las víctimas y la
comunidad nacional e internacional.
Asimismo, recordó a las autoridades judiciales de Guatemala que en la
investigación de estos crímenes es inadmisible la aplicación de figuras
como la prescripción o la amnistía o de otras figuras que impidan su
efectiva persecución penal.
Para leer el comunicado haga clic en el siguiente enlace:
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