Demandan reglamentación participativa de la Ley de Consulta


La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos se pronuncia

La CNDDHH saludo la promulgación de la “Ley de Consulta a los Pueblos Indígenas y Originarios en el marco del Convenio 169” y señaló además que el proceso de implementación de la referida norma debiera llevarse adelante con una efectiva participación de los pueblos indígenas.

Asimismo consideramos:
  • Que para el trabajo de implementación de la ley se debería constituir una Comisión Multisectorial, con presencia de los representantes de los Pueblos Indígenas como garantía para desarrollar esta ley en el marco del Convenio 169.
  • Que para este proceso es preciso tener en cuenta el artículo 2 del Convenio 169 que sostiene a la letra “Los gobiernos deberán asumir la responsabilidad de desarrollar, con la participación de los pueblos interesados, una acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de esos pueblos y a garantizar el respeto de su integridad”.
  • Que han pasado más de 30 de los 90 días que señala la ley para su entrada en vigencia y el Estado Peruano no cuenta con una institucionalidad estatal indígena con presencia de los Pueblos Indígenas para asegurar que el proceso de reglamentación de la referida Ley, sea con su participación plena y garantizando sus derechos.
  • Por tal motivo la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos demanda la inmediata creación de esta Comisión Multisectorial con imprescindible participación de las organizaciones indígenas a fin de garantizar la acción coordinada y sistemática que señala el convenio 169 de la OIT, en un tema que les atañe directamente. Así mismo esta Comisión deberá cumplir la tarea de instituir la institucionalidad estatal indígena, que es necesario para la atención de la agenda de los Pueblos Indígenas del Perú.

.

Secretaría Ejecutiva
Coordinadora Nacional de Derechos Humanos

Share on Google Plus

About Redacción

This is a short description in the author block about the author. You edit it by entering text in the "Biographical Info" field in the user admin panel.
    Blogger Comment
    Facebook Comment

0 comentarios :

Publicar un comentario