Gravamen minero

¿Y al final cuanto pagan?


Aporte de mineras se pagará trimestralmente y en soles desde octubre. No serán S/. 3,000 millones sino S/. 1,600, según especialistas.

Haciendo oídos sordos a los cuestionamientos de diferentes especialistas y de los propios gobiernos regionales que advertían que las iniciativas legales del Ejecutivo para crear un gravamen minero no permitirá que el Estado recaude los S/. 3,000 millones anuales proyectados (se estima se recaude aproximadamente S/. 1,600 millones) y que estos proyectos producirían un mayor conflicto social; el Ejecutivo publicó ayer –mediante Decreto Supremo Nº 173-2011-EF- el reglamento de ley que establece el marco legal del Gravamen Especial a la Minería (GEM) para las empresas con contrato de estabilidad tributaria.

Según el decreto supremo, el gravamen se aplicará sobre la utilidad operativa trimestral y la tasa efectiva se establecerá en función al margen operativo.

Uno de los puntos cuestionados de la ahora ley es que lo que aportan las mineras por concepto del gravamen serán deducibles del pago del impuesto a la renta que les corresponde. Así, en el artículo 9, se indica “que el monto efectivamente pagado por gravamen constituye gasto para efectos del impuesto a la renta. Dicho gasto será aplicado para el ejercicio en que se pague el gravamen”.

Es decir, por ejemplo, si en el trimestre octubre-diciembre, la minera Yanacocha aportó 20 millones de soles al total del gravamen minero, esos 20 millones los podrá descontar del pago del impuesto a la renta que le toque realizar en dicho periodo.

Sobre este punto de la ahora Ley, se centraron las críticas de diferentes organizaciones y especialistas. Así, expertos del Grupo Propuesta Ciudadana, estimaron el importe total del impuesto en poco más de S/. 1,500, la mitad del total de recaudación esperado para cumplir con los programas sociales anunciados por el gobierno desde la campaña electoral.
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